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JURIDICA

Cuando muere una persona y deja bienes debe iniciarse un proceso ante la justicia para que esos bienes pasen a los herederos.

¿Cuándo se abre una sucesión?

Cuando muere una persona. En ese momento se produce la transmisión

de su herencia.

¿Qué es la herencia?

La herencia contiene todos los bienes, derechos y obligaciones de la

persona fallecida, a la que se llama causante;. Es decir, se heredan

bienes, créditos y deudas.

Los herederos responden por las deudas de la persona fallecida con los

bienes que reciben.

¿Es necesario que el causante deje un testamento?

No. La sucesión puede abrirse aunque no haya testamento. Esto se debe

a que hay dos tipos de sucesión:

 testamentaria: es la que se abre cuando la persona deja un

testamento en el que dispone de sus bienes; y

 por la ley: es la que se abre cuando no hay testamento y se aplican

las reglas del Código Civil y Comercial para distribuir el patrimonio

de la persona fallecida.

Herederos

¿Quién es el causante?

Es la persona fallecida. La sucesión se abre respecto de su patrimonio: el

conjunto de sus bienes y deudas.

¿Quiénes son herederos?

Son las personas a las que se transmite todo o una parte del patrimonio del causante.

¿Qué es un legatario?

Es una persona que recibe un bien o un conjunto de bienes determinados

del patrimonio del causante por decisión de éste.

Salud Mental y Discapacidad

Muchas personas con padecimientos mentales tienen, a su vez, alguna

discapacidad que puede estar asociada o no a dicho padecimiento.

Guía de recursos para personas con discapacidad

Discapacidad:

¿Qué es la discapacidad?

La discapacidad no está en la persona sino que surge de la interacción de

las personas con las barreras del entorno (del espacio físico) y

actitudinales (de la sociedad en su trato hacia ellas). Eliminadas las

barreras, surge la diversidad.

¿A quiénes se considera personas con discapacidad?

A algunas personas que presentan alteraciones físicas, mentales,

intelectuales o sensoriales a largo plazo, que afectan su participación

plena y efectiva en la sociedad.

La alteración funcional puede ser permanente o prolongada requiriendo

apoyos para su integración familiar, social, educacional o laboral.

Certificado Único de Discapacidad (CUD)

¿Qué es el CUD?

 Es un documento público de validez nacional que certifica la

discapacidad de la persona y posibilita el acceso a los derechos

específicos.

 Es gratuito, privado (se muestra sólo cuando es necesario) y

personal, es decir que cada uno tiene el suyo.

¿Quién otorga el CUD y cómo se tramita?

 Es emitido por la Junta Evaluadora Interdisciplinaria de cada lugar

del país (provincia, municipio).

¿Para qué sirve el CUD?

El CUD permite a las personas con discapacidad acceder a ciertos

derechos y beneficios, referidos a salud, prevención social, transporte,

apoyos específicos, educación y trabajo, entre otros.

¿El CUD se renueva? ¿Qué validez temporal tiene el CUD?

El CUD tiene vencimiento. Cada certificado dice por cuánto tiempo vale.

Si pasa la fecha de vigencia el certificado está vencido y no sirve. En ese

caso debes pedirlo nuevamente.

TEMATICA LABORAL

INDEMNIZACI​ÓN POR DESPIDO

En caso que haya un despido se deben pagar las indemnizaciones

correspondientes:

 Indemnización por despido

 Indemnización que sustituye el preaviso en caso que no

lo hubieren otorgado al momento de efectuar el despido

 Indemnización integrativa del mes en el que tuvo lugar

un despido

 Indemnización que sustituye las vacaciones no gozadas

Estas indemnizaciones se deben pagar en forma inmediata, a los 4

Al momento del despido el empleador debe entregar los certificados de

trabajo y de aportes, y en caso de no hacerlo deberá pagarle al

trabajador una indemnización adicional.

Cualquiera sea la forma en la que el despido tuvo lugar, el empleador

debe pagar estas indemnizaciones, ya sea que no haya una causa o que

la causa invocada sea falsa o desproporcionada.

TRABAJO EN NEGRO

El trabajo en negro le ocasiona siempre un perjuicio al empleado. 

Sin embargo, un trabajador que está en una actividad sin registrar

o trabajo en negro, tiene los mismos derechos y puede reclamar

para que se cumpla con la ley o el Convenio Colectivo de Trabajo

que corresponda.

En caso que una persona con un trabajo en negro sea despedida o

realice sus reclamos, incluso existen indemnizaciones y

multas agravadas que el empleador deberá pagar al trabajador.

 Si Ud. tiene un trabajo en negro puede contactarse con nosotros

para hacer gratis su consulta.

SOMOS ESPECIALISTAS

Nuestros profesionales tienen experiencia sindical/gremial y fueron

cuidadosamente elegidos en nuestra trayectoria amplia en organizaciones

sindicales y agrupamientos varios. Nos especializamos en brindar una

solución rápida y efectiva en reclamos laborales.

TEMATICA SALUD

Asesoramiento Integral a Empresas y Particulares. Diagnóstico

Preventivo de Crisis. Especialidad en Empresa Médica, convenios con

actores del Sistema de Salud. Soporte para Pacientes y Programas

especiales de cobertura. Desarrollo de nuevos canales de penetración y

relaciones con los actores del sistema de salud.

ACCIDENTES DE TRÁNSITO

Ante este evento, se puede hacer el reclamo de una indemnización a

la Compañía de Seguros y a quien se deba hacer responsable en

caso de lesiones físicas, daños a los objetos o vehículos, o cualquier tipo

de perjuicio sufrido como consecuencia del accidente.

 Conductor o pasajero: ya sea si iba

conduciendo o si era pasajero, se puede

reclamar una indemnización

 Cualquier tipo de vehículo: si hubo daños o

lesiones, no importa el tipo de vehículo (auto,

moto, camión, etc.)

 Transporte público: realizamos reclamos por

lesiones o daños por accidentes en cualquier

medio de transporte (colectivo, taxi, remise,

Uber, etc.)

 Peatones y ciclistas: también es posible

reclamar la indemnización que corresponda en

caso de ser peatón o ciclista

Es trascendental que se pueda asesorar con un equipo especialista

de juristas, para que conozca sus derechos y que estar al corriente

cuánto le corresponde.

INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE

INDMENIZACIÓN POR ENFERMEDAD

Se debe realizar un procedimiento especial ante la Comisión

Médica para que la Aseguradora de Riesgos de Trabajo le pague

una Indemnización Especial en caso de:

Accidente de trabajo: es un hecho súbito y violento ocurrido por su

trabajo o por estar trabajando.

Accidente de itinere: es un accidente sufrido en el trayecto entre su

domicilio y el lugar de trabajo.

Enfermedad profesional: es una dolencia provocada por causa del

trabajo, ya sea por sustancias nocivas, tareas riesgosas o pesadas, o de

acuerdo a las actividades que se realicen.

Cobrar una Indemnización Especial, en caso de accidente de

trabajo, accidente de itinere o enfermedad profesional; Usted debe

realizar un diligencia administrativa para determinar la indemnización

que la ART debe pagar.

Para hacer este procedimiento ante la Comisión Médica se demanda

la asistencia obligatoria de un abogado para que Usted sea

asesorado y acompañado por un profesional experto en todo

momento.

RECLAMO A LA COMPAÑÍA DE SEGUROS POR SINIESTROS

En caso de cualquier tipo de Siniestro que tenga cobertura y deba

responder la Compañía de Seguros, realizamos el reclamo y el

trámite para que se cumpla con la póliza y se haga responsable de todo

tipo de daños y/o robo que esté cubierto por los compromisos de la

Compañía frente a sus clientes.

Robo: en caso que el vehículo esté asegurado por robo, podemos

reclamar de la Compañía el pago del valor asegurado

Daños en el automóvil: por accidentes: si la póliza tiene cobertura

contra daños parciales y/o totales del vehículo asegurado, se puede

exigir el pago de las reparaciones o el reembolso del valor asegurado.


Daños por granizo: si la póliza cubre este tipo de siniestros, la

compañía de seguros se debe hacer responsable por los daños sufridos


Todo tipo de siniestros: cualquier contingencia que estuviere

prevista en la póliza del seguro genera responsabilidad de la compañía

de seguros para cumplir con las obligaciones asumidas

Exigir el acatamiento del contrato del seguro ante cualquier tipo

de Siniestro o Incidente siempre que el mismo esté cubierto por

la Póliza de Seguro que se hubiese contratado, y reclamar el pago de los

daños o el valor asegurado., acciones declarativas de

inconstitucionalidad.

NUESTROS SERVICIOS EN ASESORIA JURIDICA

DESPIDOS

RECLAMOS A.R.T.

DIFERENCIAS SALARIALES

ACCIDENTES DE TRABAJO

TRABAJO EN NEGRO

ACCIDENTES YENDO O VOLVIENDO DEL TRABAJO

DISCRIMINACIÓN EN EL TRABAJO

ENFERMEDADES PROFESIONALES

DESPIDO POR EMBARAZO O POR MATRIMONIO

ACOSO Y MALTRATO LABORAL

HORAS EXTRAS

CAMBIOS EN CONDICIONES DE TRABAJO

ACCIDENTES DE TRÁNSITO

LESIONES LEVES O GRAVES

PEATONES Y CICLISTAS

RECLAMOS EN CASOS DE MUERTE O INVALIDEZ

LESIONES COMO CONDUCTOR O PASAJERO

ACCIDENTES EN TRANSPORTES PÚBLICOS

DAÑOS MATERIALES AL VEHÍCULO

RECLAMO A COMPAÑÍAS DE SEGURO

ACCIONES DE AMPARO

ACCIONES DECLARATIVAS

ACCIONES DE ACCESO A LA INFORMACION

SUCESIONES

DIVORCIOS

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asesorará de forma inmediata.

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